Plan de ayudas
Ayudas 2018 – 2021. El Gobierno presentó a principio de mayo las líneas maestras del que será el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018 y 2021 que vuelve a contemplar ayudas al alquiler y también a la compra de una vivienda. Los jóvenes, mayores y colectivos más vulnerables serán, en principio, los principales beneficiados por las mismas. En esta sencilla guía podrás comprobar si tú puedes ser uno de ellos.
1 Ayudas a jóvenes
1.1 para comprar casa
1.2 para alquilar casa
2 Ayudas generales al alquiler
3 Ayudas a personas en situación de desahucio
4 Ayudas alquiler a personas mayores
5 Ayudas para mantener las casas de los mayores
6 Incentivos fiscales para impulsar el sector de la rehabilitación inmobiliaria
7 Acceso al REAL DECRETO PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2018-2021
Ayudas a jóvenes
1.1 para comprar casa
Edad: hasta 35 años en el momento de la solicitud.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) que está fijado actualmente en 532 euros. Es decir, 19.170 euros anuales si se cobran 12 pagas y 22.365 euros si se reciben 14.
2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente durante un mínimo de 5 años.
3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación…)
Importe de las ayudas: hasta 10.800 euros con el límite del 20% del precio de adquisición. Es decir, imaginemos una vivienda de 50.000 euros. El 20% del precio de adquisición es de 10.000 euros. El beneficiario optaría a una ayuda máxima de 10.000 euros.
1.2 para alquilar casa
Edad: hasta 35 años en el momento de la solicitud.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.
2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente durante el periodo de la ayuda.
3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación…)
Alquiler: hasta 600 euros mensuales -900 euros en casos justificados-.
Importe de las ayudas: hasta el 50% del alquiler mensual. Es decir, estamos hablando de ayudas de hasta 300 euros al mes -hasta 450 euros en casos justificados-. Esto se traduce en ayudas de hasta 3.600 euros al año.
Plazo: 3 años.
2 Ayudas generales al alquiler
Edad: sin límite de edad.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.
2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente.
3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación…)
Alquiler: hasta 600 euros mensuales -900 euros en casos justificados-.
Importe de las ayudas: hasta el 40% del alquiler. Es decir, estamos hablando de ayudas de hasta 240 euros al mes -hasta 360 euros en casos justificados-. En términos anuales se traduce en ayudas de hasta 2.880 euros.
Plazo: 3 años. En el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016 las ayudas se concedían por un año prorrogable por otro más.
3 Ayudas a personas en situación de desahucio
Edad: sin límite de edad.
Beneficiarios:
1.- Propietarios o inquilinos que hayan sido objeto de desahucio.
2.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.
3.- Hogares sin posibilidad de acceder a otra vivienda
Precio del alquiler: entre 150 y 400 euros al mes.
Importe de la ayuda: 400 euros al mes, según los criterios de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma o del Ayuntamiento.
Plazo: 2 años.
4 Ayudas al alquiler a personas mayores
Edad: más de 65 años.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.
2.- Hogares sin una vivienda en propiedad.
3.- Patrimonio inferior a 100.000 euros.
Precio del alquiler: alquiler máximo de 600 euros -hasta 900 euros en casos justificados-.
Importe de la ayuda: hasta el 50% de la renta mensual.
Plazo: 3 años.
5 Ayudas para mantener las casas de los mayores
Edad: más de 65 años.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.
2.- La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente del recepto de la ayuda.
3.- Patrimonio inferior a 100.000 euros.
Importe de la ayuda: hasta 200 euros al mes para los gastos de mantenimiento de la vivienda en propiedad, comunidad y suministros.
Plazo: 3 años.
6 Incentivos fiscales para impulsar el sector de la rehabilitación
inmobiliaria
El Plan de Viviendas también incluye mejoras en las ayudas a la rehabilitación edificatoria y la regeneración urbana y rural, con especial incidencia en la eficiencia energética.
El objetivo de estas ayudas es impulsar el sector de la rehabilitación y poner en valor el espacio urbano de las ciudades.
En el nuevo Plan estas ayudas se amplían a las viviendas unifamiliares, que hasta ahora quedaban fuera de los requisitos. Así, los beneficiarios de estas ayudan podrán ser comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades y propietarios únicos; así como cooperativas y empresas de constructoras y servicios energéticos.
El importe de la ayuda dependerá del tipo de vivienda que se rehabilite:
- En las viviendas unifamiliares el valor podrá ascender hasta 12.000 euros por vivienda y el incremento por BIC a 1.000 euros por vivienda.
- En los edificios, será de hasta 8.000 euros por vivienda y 8 euros el metro cuadrado, en el caso de los locales, con una cuantía máxima por incremento del BIC de 1.000 euros por vivienda o 10 euros por metro cuadrado.
Estas cuantías siempre estarán sujetas a un máximo del 40% de la inversión en la mayoría de los casos y un 75% de la inversión en los casos que no superan tres veces el Iprem o suponen obras relacionadas con la accesibilidad de sus inquilinos.
De nuevo, supone una mejora respecto al plan anterior que establecía una cuantía máxima de 5.000 euros por vivienda o un máximo del 35% de la inversión.
Los requisitos para acceder a esta ayuda a la rehabilitación son los siguientes:
- Viviendas con una antigüedad superior a 1996.
- Edificios en los que el uso residencial supone un 70% de la superficie total.
- Viviendas que supongan un domicilio habitual al menos en un 50% de la superficie.
En GIE-Gestión Integral te ayudaremos a conocer tus posibilidades para acceder a estas ayudas y encontraremos la mejor oferta inmobiliaria para ti. Contáctanos y encuentra tu lugar.
Fuente: Ministerio Fomento / Confidencial