El Gobierno ha aprobado este viernes en el Consejo de Ministros, con dos meses de retraso, el nuevo Plan Estatal de Vivienda para el periodo comprendido entre 2018 y 2021. Un plan que con el que el ejecutivo quiere apostar fuertemente por el alquiler y por las ayudas a los inquilinos, especialmente jóvenes y colectivos más vulnerables, como aquellas que han sufrido un desahucio por no poder pagar la hipoteca o el alquiler.
El plan contempla una inversión total durante los próximos cuatro años de 1.443 millones de euros, un 62% más respecto a los 888 millones destinados en el plan. De esta cifra, a la que hay que sumar la cofinanciación de las comunidades autónomas, 350 millones de euros corresponden a este año, 357 millones a 2019, 364 millones a 2020 y 372 millones a 2021.. El Gobierno estima que dichas ayudas beneficiarán a más de medio millón de familias y permitirá la generación de más de 60.300 empleos. Asimismo, Íñigo de la Serna ha reiterado que las ayudas tendrán carácter retroactivo.
Una de las principales novedades el plan, tal y como ha adelantado el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, es que se amplía la ayuda a los alquileres de hasta 900 euros mensuales -los dos primeros borradores fijaban un límite máximo de la renta en 600 euros-, "debido a la petición de algunas comunidades autónomas". Por el contrario, se ven significativamente recortadas las ayudas a la compra de una vivienda ya que se limita a jóvenes que residan en municipios de menos de 5.000 habitantes y hasta un máximo de compra de 100.000 euros, frente a los 150.000 fijados inicialmente.
El nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 también contempla ayudas a inquilinos sin fijar un límite de edad, sino que las ayudas se concederán en función de los ingresos del hogar y fijarán una cuantía máxima tanto de la ayuda, como de los alquileres que podrán beneficiarse de esas ayudas.
Por otra parte, el plan contempla ayudas y subvenciones al promotor privado para fomentar la construcción de viviendas al alquiler durante un plazo mínimo de 25 años -hasta ahora, como ha recordado De la Serna, solamente se subvencionaban promociones de titularidad pública-, mientras que en el caso de los mayores de 65 años, el Gobierno plantea ayudas a la promoción de viviendas con servicios e instalaciones comunes adaptadas para personas mayores y discapacitados, si bien, se aparcan la línea de incentivos de 200 euros mensuales para cubrir los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros, en el supuesto de que los mayores dispongan de vivienda habitual y un patrimonio inferior a los 100.000 euros.
se prevén también ayudas al alquiler, con subvenciones de hasta el 50% de la renta mensual para aquellas personas cuyos ingresos se hallen por debajo del mismo umbral que el especificado para los jóvenes. Este colectivo también podrá acceder a una línea de incentivos de 200 euros mensuales para cubrir los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros, en el supuesto de que los mayores dispongan de vivienda habitual y un patrimonio inferior a los 100.000 euros. Estas ayudas se concederán durante los tres años de vigencia del plan.
Ayudas a jóvenes para comprar casa
Edad: tener menos de 35 años en el momento de la solicitud.
Ubicación y precio de la vivienda: las ayudas solamente se concederán cuando la vivienda se encuentre en municipios de menos de 5.000 habitantes y para un precio de adquisición inferior a 100.000 euros.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) que está fijado actualmente en 7.519 (14 pagas), por lo que lo que estaría limitado a unos ingresos máximos de 22.558 euros. Dicho umbral será de 4 veces el IPREM en el caso de familias numerosas y si se trata de personas con discapacidad y de 5 veces el IPREM cuando se trate de personas con determinados grados de discapacidad.
2.- La vivienda adquirida debe ser el domicilio habitual y permanente durante un mínimo de 5 años.
3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación…)
Importe de la ayuda: hasta 10.800 euros con el límite del 20% del precio de adquisición. Es decir, imaginemos una vivienda de 50.000 euros. El 20% del precio de adquisición es de 10.000 euros. En el último borrador, se había fijado un límite de adquisición de 150.000 euros.
Ayudas a jóvenes para alquilar casa
Edad: hasta 35 años en el momento de la solicitud de la ayuda.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM. Dicho umbral será de 4 veces el IPREM en el caso de familias numerosas y si se trata de personas con discapacidad y de 5 veces el IPREM cuando se trate de personas con determinados grados de discapacidad.
2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente durante el periodo de la ayuda.
3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación…)
Alquiler: hasta 600 euros mensuales -900 euros en casos justificados-.
Importe de la ayuda: hasta el 50% del alquiler mensual. Es decir, hasta un máximos de 300 euros. En aquellos casos en los que se supere los 600 euros y el alquiler llegue hasta 900, la ayuda se podría incrementar hasta el 30% de la renta mensual en el tramo comprendido entre 601 y 900 euros de renta. Es decir, hasta un máximo de 90 euros. Es decir, hasta un máximo de 90 euros. Esto significa que, en total, los beneficiarios de estas ayudas podría llegar a percibir hasta un máximo de 390 euros, 4.680 euros al año.
Plazo: 3 años.
Ayudas generales al alquiler
Edad: sin límite de edad.
Beneficiarios:
1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM. Dicho umbral será de 4 veces el IPREM en el caso de familias numerosas y si se trata de personas con discapacidad y de 5 veces el IPREM cuando se trate de personas con determinados grados de discapacidad.
2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente.
3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio, separación…)
Alquiler: hasta 600 euros mensuales -900 euros en casos justificados-.
Importe de la ayuda: hasta el 40% del alquiler. Es decir, estamos hablando de ayudas de hasta 240 euros al mes. En términos anuales se traduce en ayudas de hasta 2.880 euros. En aquellos casos en los que se supere los 600 euros y el alquiler llegue hasta 900, la ayuda se podría incrementar hasta el 30% de la renta mensual en el tramo comprendido entre 601 y 900 euros de renta. Es decir, hasta un máximo de 90 euros. Esto significa que, en total, los beneficiarios de estas ayudas podría llegar a percibir hasta un máximo de 330 euros al mes, 3.960 euros al año.
Plazo: 3 años.
Ayudas a personas en situación de desahucio
Edad: sin límite de edad.
Beneficiarios:
1.- Propietarios o inquilinos que hayan sido o vayan a ser objeto de desahucio, ya sea por el impago de la hipoteca o del alquiler.
2.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM. Dicho umbral será de 4 veces el IPREM en el caso de familias numerosas y si se trata de personas con discapacidad y de 5 veces el IPREM cuando se trate de personas con determinados grados de discapacidad..
3.- Hogares sin posibilidad de acceder a otra vivienda.
4.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente.
Precio del alquiler: los alquileres tendrán un precio máximo de 400 euros al mes.
Importe de la ayuda: hasta 400 euros al mes, es decir, hasta el 100% del alquiler.
Plazo: 3 años.