Inicio    Últimas voluntades ¿Qué son?

últimas voluntades

Últimas Voluntades

No son pocas las ocasiones en las que los herederos esperan la llegada de las últimas voluntades como la ocasión de conocer qué era lo que quería el fallecido. En otras, lo que se espera es una relación de los bienes que poseía el fallecido, así como su ubicación exacta.

Esto no es correcto, aunque si un paso previo para obtener toda esa información. Las Últimas Voluntades, o mejor dicho, el Certificado de Últimas Voluntades, es un documento, expedido por el Ministerio de Justicia, en el cual se relacionan los testamentos de los que fuera otorgante el fallecido en caso de que hubiera otorgado alguno.

A veces los herederos se quedan perplejos ante la poca información que ofrece este certificado, sin embargo es un documento fundamental para iniciar el proceso de la herencia.

El certificado de últimas voluntades es el documento que acredita si una persona ha otorgado testamento/s y ante qué Notario/s, la fecha, y el número de protocolo. De esta forma, los herederos podrán dirigirse al Notario autorizante del último testamento y obtener una copia (autorizada) del mismo. Este documento se precisa para la realización de cualquier acto sucesorio.

Donde se obtiene el certificado de últimas voluntades:

últimas voluntades mod 790

El Certificado de Últimas Voluntades se puede obtener en la Delegación del Ministerio de justicia correspondiente, presentando un Certificado de Defunción original, no fotocopiado, y rellenando el modelo 790, que se puede obtener en la propia delegación o en la web del Ministerio, o descargarlo pinchando aquí, y liquidando en cualquiera de los Bancos autorizados la tasa correspondiente, se consigue el certificado.

En Valencia, Calle Hernan Cortes nº24 entresuelo, junto a la Gran Vía Marques del Turia.

Si dispones de certificado electrónico de usuario, puedes optar por la tramitación electrónica de su solicitud, para ello es preciso que accedas a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia  y sigas las instrucciones.

No olvides

El certificado de últimas voluntades, incluye(si se solicita) una información muy útil y que no se suele tener en cuenta, a no ser que se conociera de antemano. Esto es los «seguros de cobertura de fallecimiento», que están registrados a nombre del fallecido en la dirección general de seguros y que los herederos pueden reclamar a las correspondientes aseguradoras. En muchas ocasiones, los herederos desconocen la existencia de estos seguros, y forman parte de la herencia. Recordar marcar la casilla correspondiente para que se incluyan en el certificado de últimas voluntades.

No se puede obtener el certificado antes de los 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento del testador, esto es, sin contar fines de semana ni festivos.

El Certificado de Últimas Voluntades, junto con un Certificado de Defunción, permitirá a los herederos obtener una copia del testamento, presentando estos documentos bien en la Notaría, bien en el Archivo General de Protocolos si han pasado veinte años o más.

Puedes dejar tus consultas o comentarios y no olvides compartir este artículo en tus redes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. más información

Los ajustes de cookies de esta web están configurados para "permitir cookies" y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en "Aceptar" estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar